Publicado el: 2 mayo 2025

Caluga DOM mayo

La Ley 21.718 busca modernizar, clarificar y distribuir de mejor manera las responsabilidades en el proceso de construcción, fortaleciendo el rol técnico de los profesionales involucrados y estableciendo procedimientos más ágiles para la gestión de permisos y recepciones.

Revisión de normas urbanísticas: límite a las responsabilidades de las DOM

Con esta modificación, se establece que las Direcciones de Obras Municipales solo serán responsables de verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas vigentes, revisando los antecedentes que acompañan las solicitudes de permisos de edificación. Esto significa que la DOM no evaluará materias ajenas a las normas urbanísticas, como aspectos estructurales, sanitarios o eléctricos.

El cumplimiento de estas otras normativas será de exclusiva responsabilidad del propietario, arquitecto y demás profesionales que participen en el proyecto.

Nuevo régimen de declaraciones juradas y reclamos

  • La Ley 21.718 incorpora un nuevo sistema de declaraciones juradas para autorizar el inicio de determinadas obras, estableciendo un procedimiento más expedito para este tipo de tramitaciones. Además, se crea un procedimiento formal para que los interesados puedan presentar reclamaciones en caso de discrepancias o denegaciones de permisos.

Obras que no requieren permisos: actualización del Artículo 116

  • Se actualiza el Artículo 116 de la LGUC, detallando con mayor claridad cuáles son las obras que no requieren permiso de edificación, estableciendo condiciones y restricciones específicas para que estas obras puedan ejecutarse sin trámite previo ante la DOM.

Nuevos formatos de fichas y actas para la DOM

  • Como parte de esta modernización, se establecen formatos oficiales de fichas de revisión y actas de observaciones, los que estandarizarán los procedimientos de revisión y entrega de observaciones por parte de las DOM.

Definición de responsabilidades para arquitectos, profesionales y revisores (Art. 18)

  • El nuevo texto legal clarifica las responsabilidades de los arquitectos, revisores independientes y otros profesionales intervinientes en los proyectos de construcción. Cada uno deberá responder por el cumplimiento de las normas específicas que les correspondan, tanto en la etapa de diseño como de ejecución.

Derechos municipales por Archivo de Declaración Jurada (Art. 130)

  • Se establece en el Artículo 130 que los municipios podrán cobrar derechos por el archivo y gestión de las declaraciones juradas, como parte de los procedimientos administrativos vinculados a las obras.

Responsabilidad solidaria de Revisores Independientes (Art. 116 Bis)

  • El nuevo Artículo 116 Bis determina la responsabilidad solidaria de los revisores independientes, quienes deberán responder junto al arquitecto y demás profesionales en caso de incumplimientos en las materias de su competencia.

Plazos y observaciones para recepciones definitivas (Art. 114)

  • Se actualizan los plazos y procedimientos para la recepción definitiva de obras, incorporando criterios más claros para la entrega de observaciones y su oportuna resolución por parte de los solicitantes y la DOM.

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