Publicado el: 6 mayo 2025

Durante mayo, equipos municipales notificarán a las vecinas y vecinos esta obligación establecida según la Ley de Rentas Municipales, a través de una carta informativa, para quienes corresponda realizar el pago de Derechos de Aseo.

Ante este proceso, es importante puntualizar a la población general las siguientes recomendaciones:

  • Recibe solo a funcionarios que estén correctamente identificados con su chaqueta y credencial institucional.
  • Los funcionarios no están autorizados a recibir pagos por la entrega del documento.
  • Solo recibe cartas que contengan el nombre del residente y dirección de la vivienda.
  • Los pagos deben realizarse directamente en las cajas habilitadas en el Municipio, o a través del código QR incorporado en la carta.

¿Quiénes quedan exentos del pago?

  • Todos los predios cuyo avalúo fiscal sea igual o inferior a 225 UTM.
  • Personas mayores que sean dueños o usufructuarios del inmueble y que residan en el domicilio:

-Persona mayor de 80 años, que se encuentre al día en el pago, presentando su cédula de identidad.

-Personas mayores pensionadas, presentando colilla de pago de pensión y cédula de identidad.

*En ambos casos, los documentos pueden ser presentados por un tercero.

  • Casos sociales específicos, debiendo el interesado ser evaluado por un asistente social.

Importante: Los predios Afectos a Contribuciones de Bienes Raíces pagan los Derechos de Aseo Domiciliario en forma conjunta con el pago de contribuciones que emite el Servicio de Impuestos Internos.