Publicado el: 24 febrero 2025

Cierre de Pasajes

En cumplimiento de la Ley N° 21.411, que modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, se establecen nuevas condiciones y procedimientos para el cierre o la instalación de medidas de control de acceso en calles, pasajes o conjuntos habitacionales, con el objetivo de mejorar la seguridad en nuestra comuna.

El cierre de pasajes es una medida que busca prevenir delitos y mejorar la calidad de vida de los vecinos, garantizando mayor control sobre el acceso a las calles y pasajes. Para que esta medida sea aprobada, se debe cumplir con los siguientes requisitos y condiciones establecidos por la normativa vigente.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA SOLICITAR EL CIERRE DE UN PASAJE

Los interesados deberán presentar los siguientes documentos en la Dirección de Obras Municipales (DOM):

  • Fotocopia del loteo proporcionado por la DOM, que debe indicar el nombre del pasaje o calle y la numeración municipal de los predios involucrados.
  • Autorización de al menos el 80% de los propietarios o moradores de los predios que forman parte del pasaje o calle en cuestión, acompañada de una copia de la cédula de identidad vigente.
  • Plano del proyecto de cierre o medida de control de acceso, que debe incluir acceso independiente para vehículos y peatones, con una altura máxima de 3 metros, un 60% de transparencia y una puerta lateral peatonal de al menos 1.20 metros de ancho.
  • Presupuesto y materiales que se utilizarán en la construcción del cierre.
  • Especificaciones técnicas del proyecto.
  • Horario de funcionamiento del cierre o control de acceso.
  • Una vez reunidos todos los antecedentes, los interesados deberán dirigirse a la Dirección de Obras Municipales para que se verifique el cumplimiento total de los requisitos establecidos por la ley.

CONDICIONES EXIGIDAS POR LA LEY N° 21.411

La ley establece una serie de condiciones mínimas que deben cumplir los proyectos de cierre de pasajes y calles:

  • La solicitud debe ser respaldada por al menos el 80% de los propietarios o moradores de los inmuebles del pasaje o calle.
  • El cierre debe ser compatible con el desarrollo de actividades económicas del sector.
  • En algunos casos, se requiere un informe técnico favorable de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones Metropolitana.
  • El cierre no debe superar los 3 metros de altura y debe garantizar, como mínimo, un 60% de transparencia.
  • El pasaje no debe tener un tránsito relevante.
  • Debe existir un sistema de comunicación accesible entre el interior y el exterior del pasaje.
  • El cierre debe contar con una placa que indique la numeración de todas las casas.
  • El acceso vehicular y peatonal debe ser independiente, cumpliendo con la accesibilidad universal.
  • El cierre solo podrá implementarse en calles y pasajes cuya extensión no supere una cuadra.
  • El ancho de la calzada debe ser inferior a 7 metros.
  • El ingreso peatonal debe ser de al menos 1.20 metros para garantizar accesibilidad universal.
  • El cierre debe ubicarse a 5 metros dentro de la calle o pasaje, según lo establece el reglamento 196 de 2022, a menos que la Dirección de Tránsito y Transporte Público autorice una distancia menor.
  • El cierre o control de acceso podrá mantenerse operativo durante un máximo de 7 horas continuas.

NORMATIVA VIGENTE

  • Ley N° 21.411: Modifica la Ley N° 18.695 en relación al cierre y control de acceso en calles y pasajes.
  • Ley N° 20.499: Regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana.
  • Ordenanza Municipal N° 31: Establece disposiciones locales sobre el cierre de pasajes (fecha: 21.11.2022).
    PROCESO DE SOLICITUD

Para quienes deseen solicitar el cierre de un pasaje en Cerro Navia, es fundamental seguir los pasos y cumplir con los requisitos establecidos por la ley. Recuerde que el objetivo de esta medida es mejorar la seguridad y convivencia de todos los vecinos, asegurando un entorno más tranquilo y protegido.

Para más información y para iniciar el proceso de solicitud, dirígete a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la Municipalidad de Cerro Navia. Nuestro equipo está disponible para orientarte y asegurarse de que todo se realice de acuerdo con la normativa vigente.

Juntos, hacemos de Cerro Navia un lugar más seguro para vivir.